Mar 15 2001

Santísima Trinidad, una oportunidad perdida

El Ayuntamiento de la ciudad aprobó la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Salamanca, que transformó una parte de los terrenos de la trasera del Hospital de la Santísima Trinidad en zona residencial (frente a la anterior consideración de equipamiento), a cambio de la cesión, entre otros, de los jardines delanteros para construir un aparcamiento subterráneo.La modificación permite la construcción de unas 140 viviendas en dos parcelas, y obliga a la Fundación Hospital de la Santísima Trinidad a ceder una parte de una de las parcelas edificables, además de las destinadas a zona verde y calle nueva y la que ocuparía el previsto aparcamiento subterráneo.

Todo ello bastante diferente a lo firmado en el primer Convenio entre el Ayuntamiento y la Fundación, pues, entre otros puntos, el solar ocupado por el aparcamiento subterráneo volvía a ser propiedad de la Fundación transcurridos 75 años. El segundo convenio, firmado el 2 de marzo de 2001, no habla ya nada de ese terreno, pues se limita sólo a la cesión por parte del Ayuntamiento de una parcela en el sector 61 «La Plata» y a una «extraña» catalogación de los jardines que circundan el Hospital para que se conserven como elementos naturales. Bonita manera de proteger algo que vamos a destrozar con la construcción del aparcamiento subterráneo.

Todavía no es demasiado tarde, el aparcamiento subterráneo no se ha empezado a construir, destruyendo para siempre una «zona verde con arbolado de gran porte», tal y como la describe el Plan General, en la ficha que dedica al Hospital. Aún estamos a tiempo de evitar esa catástrofe y parece conveniente reconsiderar un proyecto que se ha movido por unos intereses económicos ajenos, cuando no opuestos, a los fines de la Fundación.

Los Estatutos de la Fundación indican claramente que su patrimonio se halla afectado a la realización de los fines de interés general de la Institución (artículo 1). El objeto es prestar asistencia sanitaria a los enfermos y el acogimiento y asistencia a personas mayores, siendo beneficiarios los enfermos y personas mayores, sin distinción de clases ni procedencias (artículo 7).

El artículo 24 indica que los Patronos deberán ajustarse a la voluntad del Fundador manifestada en los Estatutos, mientras que el artículo 25 establece que son obligaciones de los Patronos hacer que se cumplan los fines de la Fundación.

Por último, en el artículo 29 se fija que los bienes y derechos quedarán vinculados de una manera directa e inmediata al cumplimiento de los fines que la Fundación persigue.

La operación urbanística que se plantea en el Hospital de la Santísima Trinidad no se atiene para nada a los objetivos de una Fundación que se declara sin ánimo de lucro y con un fin claramente benéfico-asistencial. Es evidente que se pueden conseguir unos enormes ingresos económicos con la construcción de unas viviendas de lujo en una zona apetitosa de la ciudad, pero, a cambio, se reduce notablemente la calidad del entorno del Hospital, con lo que se resienten los enfermos y personas mayores, destinatarios de los fines de la Fundación y para los que se deben destinar los bienes, derechos y rentas que se produzcan «de una manera directa e inmediata».

Especialmente sangrante es la destrucción de la zona verde y arbolada situada delante del Hospital. Se va a privar a los enfermos de una vista atractiva y relajante, que contribuye a la mejora de su salud, como avalan todos los estudios. También está demostrado que esas zonas
arboladas reducen sensiblemente la contaminación acústica, algo tan necesario en un hospital. Y todo esto se permite para construir un aparcamiento subterráneo que no está avalado por ningún estudio serio y que, en todo caso, se podría construir en otros muchos lugares, sin provocar un daño tan innecesario como irreparable.

El Patronato del Hospital debería replantearse, a la vista de las dificultades habidas para llevar a cabo la Modificación puntual del PGOU, una solución, quizás no tan lucrativa, desde un punto de vista económico, pero mucho más adecuada a sus fines benéfico-sociales.

La evolución de la población en los países occidentales muestra una tendencia al crecimiento del sector de la tercera edad, que vive cada vez más años y necesita residencias y asistencia socio-sanitaria. Ambas demandas pueden muy bien ser cubiertas por la Fundación, pues responden a sus fines. Renunciar a la construcción de viviendas de lujo y ampliar la zona de residencia, con edificios menos agresivos y más integrados en el entorno, para acoger a todas esas personas sería un negocio menor, pero seguro que económicamente rentable y socialmente mucho más adecuado a una Fundación benéfico-social como la del Hospital de la Santísima Trinidad. Respetar la zona ajardinada y rechazar el aparcamiento subterráneo por
inútil y fuera de sitio sería también un tributo a esos enfermos y ancianos que inspiran el fin último de la Fundación.

Salamanca, 15 de marzo de 2001

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