Feb 25 2014
El Estudio de Detalle, nulo
El Tribunal Supremo ha hecho pública, el pasado 21 de febrero, la sentencia por la que declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Palco 3, S.L. contra la sentencia de 18 de marzo de 2013 de la Sala de lo Contencioso-Adminsitrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Palco 3, S.L. había promovido un Estudio de Detalle en la trasera del Hospital de la Santísima Trinidad con el fin de «resolver» alguna de las ilegalidades del edificio que había construido con anterioridad en la trasera de Hospital, hoy reconvertido en hotel, que tantos problemas estaba causando a los vecinos de la zona. Entre las numerosas irregularidades del edificio destacaba un exceso de volumen construido, que se trataba de solucionar transfiriendo la edificabilidad de una de las parcelas aun no construidas al nuevo edificio.
La Asociación «Vecinos tras el Muro» recurrió este Estudio de Detalle ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que les dio la razón, declarando nulo el Estudio de Detalle.
Palco 3 S.L. presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que acaba de ser declarado como inadmisible. Como quiera que no cabe recurso de ningún tipo (como explicita una diligencia del propio Tribunal Supremo remitida a las partes) el Estudio de Detalle es nulo de pleno derecho, con lo que el edificio construido por Palco 3, S.L. vuelve a las condiciones anteriores, con exceso de altura y de volumen entre otras irregularidades.
El Tribunal Supremo acuerda, en esta sentencia, la imposición de costas a Palco 3, S.L.